TITULO XII
JUNTA INTERNA DE GESTIÓN
REGLA 132
En el caso de quedar vacante los cargos de Hermano Mayor y de Teniente de Hermano Mayor, o en el supuesto de no presentarse ninguna candidatura en el Cabildo General de Elecciones, después de agotar los plazos dictados por estas Reglas. Se hará cargo automáticamente de la Hermandad una Junta Interina, la cual tendrá las siguientes funciones:
- Elaborará un informe pormenorizado, el cual trasladará a la Autoridad Eclesiástica de la situación real de la Hermandad, el cual debe contener los siguientes aspectos:
Situación de gobernabilidad de la Hermandad
Soluciones que se sugieren para subsanar esas carencias, la cual incluye la convocatoria de un Cabildo General de Elecciones.
Situación patrimonial, incluyendo presentación de un informe o auditoria económica.
Necesidades para atender los cultos de Reglas.
La Junta Interina estará formada por siete hermanos que hayan pertenecido a Junta de Gobierno, exceptuando los componentes de la última o cesada que no podrán pertenecer a esta Junta Interina. El orden para cubrir estos puestos será desde el más moderno en el mandato al más antiguo, componiéndola: