María Santísima del Amor

 

 

 

 

 

 

Reglas (Titulo VII)

 

ESTACIÓN DE PENITENCIA

CAPÍTULO I.- ESTACIÓN DE PENITENCIA
CAPÍTULO II.- NORMAS
CAPÍTULO III.- ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO I

ESTACIÓN DE PENITENCIA

REGLA 36

Esta Hermandad entiende que la Estación de Penitencia es un medio fundamental de evangelización y catequesis pública por su carácter religioso. En ella, la Hermandad y la comunidad cristiana participan activamente y desarrollan el amor con sus hermanos, la devoción a Nuestro Redentor y a su Santísima Madre bajo las advocaciones de Nuestro Padre Jesús de Nazaret y María Santísima del Amor.
La Estación de Penitencia se llevará a cabo con las Sagradas Imágenes de Nuestro Padre Jesús de Nazaret y María Santísima del Amor, el viernes anterior al Domingo de Ramos en la Pasión del Señor, a la parroquia de Jesús de Nazaret.

REGLA 37

En la Estación de Penitencia participarán todos los hermanos, sin ninguna clase de distinción, en actitud de compostura y recogimiento que dicho acto penitencial requiere y demanda, cumpliendo por ello lo que dictaminan estas Reglas, así como lo que en su día pronunciara el Cabildo General o la Junta de Gobierno al respecto.

REGLA 38

La Junta de Gobierno excepcionalmente esta facultada para ordenar la celebración de la Estación de Penitencia conforme a estas Reglas, aún, sin las Sagradas Imágenes Titulares. Siempre y cuando, las mismas por circunstancias especiales hayan sufrido algún deterioro que le imposibilite su Salida Procesional. Recabando con anterioridad, un estudio completo a tal efecto de su autor o en caso de ausencia, de un técnico acreditado en imaginería procesional y restauración. El cual, será presentado para su información y aprobación del Cabildo General, así como a la Autoridad Eclesiástica para su Visto Bueno.

CAPÍTULO II

NORMAS

REGLA 39

Los hermanos que participen en la Estación de Penitencia o en cualquier otra Procesión que organice la Hermandad, así como los Oficiales de la Junta de Gobierno, están obligados a satisfacer una limosna de Salida, cuya cuantía será acordada por la Junta de Gobierno.
Los hermanos que no se presten a recoger su papeleta de sitio, dentro de los plazos señalados por la Junta de Gobierno, perderán el sitio que por antigüedad pudieran corresponderles, ocupando el lugar que le asigne la Junta de Gobierno, atendiendo a las necesidades de organización.

REGLA 40

La papeleta de sitio, será expedida por el Secretario, e irá firmada por éste y el Mayordomo 1º. Se entregará al hermano, cuando satisfaga la limosna de salida estipulada por la Junta de Gobierno, adjuntándose las normas para la realización de la Estación de Penitencia, teniendo así conocimiento de ellas y no poder alegar olvido o ignorancia de las mismas.

REGLA 41

Aquellos hermanos que por su situación económica, no pudieran corresponder con la limosna de salida establecida para la Estación de Penitencia, deberán ser dispensados de contribuir, previo informe del Diputado de Asistencia y Caridad y aprobación de la Junta de Gobierno.

REGLA 42

Los hermanos que participen en la Estación de Penitencia vistiendo el hábito de la Hermandad deben portarlo con dignidad, pulcritud y humildad de la forma que se describe seguidamente:

  1. Túnica y capa de tejido de sarga de color blanco. En la túnica se dispondrá a todo su largo y en su frontal, hilera de botones de color morado, a una distancia entre cada uno de ellos de 8 cm. Del mismo color y tipo, en número de 4, en las bocamangas a 3 cm. de distancia. En la capa a la altura del hombro izquierdo llevará bordado el Escudo de la Hermandad.
  2. Antifaz del mismo tejido, en color morado, el cual llevará a la altura del pecho, en base circular escudo con el símbolo de Cristo en abreviatura (JHS)  con una cruz sobre la letra H y corona de espina bajo dicha abreviatura, tal como figura en el Escudo de la Hermandad. Para los hermanos que porten insignias o cirios, el capirote o cartón interior será de una altura de 70 cm., para los adultos, desde su base al vértice. Los hermanos que porten cruces y para los que vayan colocados en las maniguetas no llevarán capirote o cartón.
  3. Cíngulo de seda trenzado de color morado y rojo anudado al lado izquierdo. Calzará zapatos negros y calcetines de color blanco o bien calcetines blancos o pies descalzos.
  4. Las manos se cubrirán por guantes de color blanco.
  5. Portarán la medalla de la Hermandad bajo el antifaz prendida al cuello.
  6. La Hermandad, no está obligada a tener en propiedad o depósito túnicas para ceder a los hermanos para la Estación de Penitencia.

 

REGLA 43

El hermano vistiendo la túnica de la Hermandad, debe observar lo siguiente:

  1. Se dirigirá desde el lugar donde se vista de nazareno, por el camino más corto y con el tiempo justo para llegar a la hora establecida por la Hermandad a la Parroquia.
  2. No vagará por las calles, ni entrará en locales públicos. No se detendrá, ni antes ni después, de realizar la Estación de Penitencia, por ningún motivo de entretenimiento.
  3. Observará una cuidada compostura y conducta de recogimiento acorde al acto penitencial que va a realizar o ha realizado.
  4. Una vez en la Parroquia y antes de la Estación de Penitencia, el hermano, se dirigirá en primer lugar, al Sagrario y ante Jesús Sacramentado hará oración. Posteriormente se dirigirá a rezar delante de los pasos de las Sagradas Imágenes Titulares, un Padre Nuestro y Ave María, esperando, en silencio, hasta recoger el cirio, insignia o cruz y atendiendo a las indicaciones dadas por el diputado de tramo para colocarse en el lugar que se le designe.
  5. Una vez ocupado el lugar asignado, no podrá abandonarlo durante toda la Estación de Penitencia. En caso de fuerza mayor momentánea se lo indicará a su diputado de tramo, quien será el autorizante, si procediera el caso y en su momento. En el supuesto de ser autorizado a abandonarlo, le entregará su cirio, cruz o insignia, así como su papeleta de sitio al diputado de tramo, hasta su regreso, que no debe alargarse sino el tiempo justo e imprescindible. A su reincorporación, recogerá su cirio, cruz o insignia y el diputado de tramo le hará entrega de su papeleta de sitio.
  6. Si la indisposición fuera tan grave de tener que abandonar la Estación de Penitencia definitivamente, lo hará de la misma forma descrita en el punto anterior. En este caso, marchará  a su domicilio para no volver a incorporarse a la fila.
  7. Queda terminantemente prohibido a los hermanos ceder su lugar en la Estación de Penitencia, tanto a personas que pertenezcan o no a la Hermandad. Asimismo, el anuncio de venta pública en cualquier medio de comunicación de su hábito de nazareno.
  8. Sólo podrá levantarse el antifaz en las excepciones siguientes:
  9. Cuando se lo requiera el Oficial de la Junta de Gobierno o persona en quien delegue a la entrada  en la Parroquia para la identificación del hermano nazareno.
  10. Cuando se lo requiera en cualquier momento, el Director Espiritual, el Hermano Mayor, Diputado Mayor de Gobierno o diputado de tramo.
  11. Fuera del cortejo de la Cofradía, por petición de cualquier Oficial de la Junta de Gobierno, o personal auxiliar responsable del orden y compostura de los hermanos integrantes en la Estación de Penitencia o por necesidad imperiosa.
  12. Queda prohibido consumir cualquier tipo de alimento dentro del cortejo.
  13. Si durante la Estación de Penitencia el hermano nazareno, observara alguna deficiencia, lo comunicará al diputado de su tramo, si fuera de importancia lo hará saber por escrito al Diputado Mayor de Gobierno, durante los siete días posteriores a la finalización de la Estación de Penitencia, nunca en el transcurso de ella.
  14. No podrán ostentar ningún atributo que los contemplados en estas Reglas y despojarán de aquello que los puedan distinguir o identificar. Para ello, la Junta de Gobierno dispondrá un control a la entrada del templo. No podrán llevar reloj de pulsera, anillos u otros objetos por encima de los guantes, así como, pulseras, pendientes y todo aquello que no esté en consonancia con la austeridad y ejemplo de humildad.
  15. Todos los hermanos que participen en la Estación de Penitencia no podrán abandonar el Templo hasta que haga su entrada en el mismo el paso de la Santísima Virgen del Amor y el Director Espiritual o quien le sustituya, dirija las preces correspondientes.

CAPÍTULO III

ORGANIZACIÓN

REGLA 44

La Hermandad facilitará a los hermanos nazarenos el día de la Estación de Penitencia, el cirio, insignia o cruz para los penitentes al presentar su papeleta de sitio. Todos los enseres, que porten los hermanos nazarenos o acompañantes en la comitiva son propiedad de la Hermandad y están obligados a devolverlos una vez finalizada la Estación de Penitencia, teniendo como plazo máximo 15 días después de la fecha de celebración de la Estación de Penitencia. Transcurrido este período la Junta de Gobierno, podrá efectivo un recargo económico.

REGLA 45

Los hermanos que deseen portar insignias u ocupar lugar determinado en la Cofradía, tendrán que solicitarlo por escrito al Diputado Mayor de Gobierno, en el período que para ello establezca la Junta de Gobierno.
La adjudicación de insignias y lugares determinados en la Cofradía, se otorgarán por riguroso orden de antigüedad, aquellos hermanos que cumplan los plazos y contenidos que se determinen por la Junta de Gobierno y estas Reglas. Esta concesión tendrá validez para un solo año y acto.

REGLA 46

La Hermandad, por medio de su Junta de Gobierno, y a propuesta del Diputado Mayor de Gobierno, podrá nombrar a hermanos que vistan traje oscuro de chaqueta, portando la Medalla de la Hermandad y credencial a tal efecto, para la vigilancia exterior de la Cofradía. Dependiendo estos del Diputado Mayor de Gobierno, delegando éste la autoridad para identificar y solicitar la papeleta de sitio a cualquier hermano que no cumpla estas Reglas o las normas establecidas para la organización de la Cofradía que estipule la Junta de Gobierno o el Cabildo General.

REGLA 47

La hora de salida, itinerario y hora de entrada de la Hermandad en la Estación de Penitencia, será acordada por la Junta de Gobierno, informada la Autoridad Eclesiástica y autoridades representativas de las Hermandades y Cofradías de Sevilla.

REGLA 48

Por razones de climatología adversa antes de la hora de salida de la Hermandad, o por otras circunstancias de fuerza mayor que así lo aconsejase, la Junta de Gobierno, reunida en Cabildo Extraordinario de Oficiales, convocado a tal efecto por el Hermano Mayor, o quien lo sustituya en ese momento, decidirá las normas a seguir, previo informe técnico de los organismos oficiales y locales correspondientes. De todo lo acordado, el Secretario, levantará Acta y se registrará en el Libro de la Hermandad habilitado a tal fin.
En caso de determinar la Junta de Gobierno la no realización de la Estación de Penitencia, atendiendo a los motivos descritos anteriormente, la Hermandad, reuniendo a todos los hermanos en el Templo, realizará la lectura del Pasaje Evangélico del día, rezará las preces por los hermanos difuntos y finalizará con el canto de la Salve.

REGLA 49

Si una vez iniciada la Estación de Penitencia, estando la Hermandad en la calle, se hubiera de interrumpir o modificar su itinerario u horario, por motivos ajenos a la organización y planteamiento previstos inicialmente, tomarán tal decisión el Hermano Mayor, Teniente de Hermano Mayor, Mayordomo, Secretario y Diputado Mayor de Gobierno. Recabando los informes necesarios y oficiales que puedan repercutir en el tema en cuestión.
Si se interrumpiese y el cortejo regresara a la Parroquia sede de la Hermandad, se dará por finalizada ésta. La decisión que se adopte será por mayoría simple. En caso de empate, el voto del Hermano Mayor decidirá.
Si por el contrario, una vez iniciada la Estación de Penitencia, la Hermandad hubiese de buscar cobijo accidental para sus Imágenes e insignias, en otro Templo o lugar del recorrido, corresponderá a los Oficiales de la Junta de Gobierno descritos anteriormente, decidir si los hermanos esperan en sus respectivos lugares la reanudación de la Estación de Penitencia o si se disgrega el cortejo, porque se prevea una larga espera. En este caso, se dará por finalizada la Estación de Penitencia y el Cabildo de Oficiales dispondrá lo necesario para reintegrar cuanto antes a la sede de la Hermandad las Imágenes Titulares y los enseres; haciéndolo mediante una procesión en la que figurarán como únicas insignias: la Cruz de Guía, el Estandarte y el Libro de Reglas, en la que se integrarán los hermanos que lo deseen sin orden de antigüedad y sin vestir el hábito de nazareno, portando exclusivamente la medalla de la Hermandad.

REGLA 50

Pasada la Estación de Penitencia, se reunirá la Junta de Gobierno para hacer balance de la misma, en todos sus aspectos, para ello cada Oficial será portador de su respectivo informe.
El Diputado Mayor de Gobierno, reunirá a los fiscales, diputados de tramo, capataces y personal auxiliar del orden, para examinar las incidencias de toda índole ocurridas antes, durante y después de la Estación de Penitencia.
El Mayordomo 1º, reunirá al Mayordomo 2º, Censor y a los Priostes, para tratar de la situación económica y del estado de los enseres.

PRESIDENCIA Y ANTEPRESIDENCIAS

REGLA 51

Las presidencias y antepresidencias serán ocupadas por los Oficiales de la Junta de Gobierno o hermanos a los que ésta, por reconocimiento a su labor y dedicación para con la Hermandad, considere oportuno designar. Esta designación será válida por un solo año, renovándose o anulándose al siguiente, siendo intransferible dicho lugar o distinción. En cada presidencia deberá haber obligatoriamente como mínimo dos miembros de la Junta de Gobierno.
En el caso de vacantes, tanto en las presidencias como en las antepresidencias, la Junta de Gobierno, dispondrá cubrirlas con hermanos que lo hubiesen solicitado por escrito según recogen estas Reglas.
Asimismo, la Junta de Gobierno dispondrá lugares en las antepresidencias para los hermanos que hayan desempeñado el cargo de Hermano Mayor de la Hermandad y para los de Honor de la misma, que así lo solicitasen.

REGLA 52

La colocación de los Oficiales será:

El Hermano Mayor, irá en la presidencia de paso Cristo. En esta presidencia ocuparán lugar, el Secretario 1º y Prioste 1º, así como el Director Espiritual, que se colocará al lado del Hermano Mayor. El Mayordomo 1º irá delante de la presidencia con vara de su cargo.
El Teniente Hermano Mayor, tendrá la presidencia del paso Virgen. En esta presidencia ocuparán lugar, el Conciliario  y el Fiscal. El Mayordomo 2º irá delante de la presidencia con vara de su cargo.
El Diputado Mayor de Gobierno, con vara de su cargo, tendrá la obligación de hacer cumplir sus funciones a los diputados de tramo, tanto del paso de Cristo como del paso de la Virgen, se acogerá a lo dispuesto en estas Reglas y a las normas específicas dadas por la Junta de Gobierno o el Cabildo General, y a aquellas que puntualmente dicte el Hermano Mayor durante el transcurrir de la Cofradía.
Los restos de Oficiales que no tengan designados puestos específicos en la organización de la Cofradía se colocarán en las antepresidencias de cada paso.
Si por cuestiones de organización fuese necesario alterar o modificar el orden establecido, el Diputado Mayor de Gobierno con el Visto Bueno del Hermano Mayor presentará a la aprobación del Cabildo de Oficiales los cambios producidos, los cuales sólo tendrán validez por un año.

REGLA 53

Faltando el Hermano Mayor presidirá el Teniente Hermano Mayor, y si éste faltase presidirá el Conciliario o el Fiscal de cada paso.

REGLA 54

El orden en la comitiva para los hermanos que porten cirios, cruces e insignias será por riguroso orden de antigüedad, de menor a mayor antigüedad, desde el principio de la comitiva o primera insignia hasta el paso en cuestión.
Todos los hermanos tendrán para su consulta y a su disposición en las oficinas de la Hermandad durante el período que la Junta de Gobierno determine para sacar la papeleta de sitio, el censo de hermanos pudiendo comprobar las fechas de ingresos.

REGLA 55

Los hermanos nazarenos portadores de cruces, así como los que por su corta edad porten varitas, ocuparán en la Cofradía el lugar que cada año se le asigne y determine por la Junta de Gobierno.

REGLA 56

El Hermano Mayor como representante legal de la Hermandad, o en su caso por quien lo sustituya en su ausencia durante la Estación de Penitencia, es el responsable y a él le corresponde la dirección y gobierno de la misma, el cual delega en el Diputado Mayor de Gobierno todo aquello que implique la planificación y desarrollo de la Cofradía.


Nuestro Padre Jesus de Nazaret

 

 

 

 
 
 © Hermandad de Pino Montano 2007  

Parroquia de San Isidro Labrador
C/ Alfareros s/n - Tlfno: 95 495 47 62